Condenadon a 5 años de prisión a dos policías de la Comisaría de Saladillo: se efectivizó la detención de ambos.

Este viernes 31 de Mayo el Juzgado en lo Correccional Nro. 3 de la ciudad de La Plata cuya titular Ana Belen Piccone dictó veredicto de juicio oral en la Causa Nro. 9237-3 (IPP 06-01-1214-20) y resolvió condenar a dos agentes de la policía bonaerense en funciones en la comisaría de Saladillo el 14 de junio de 2020, Franco De Paula y Agustín Urquijo a la pena de 5 años de prisión de efectivo cumplimiento y 10 años de inhabilitación especial para ocupar cargos públicos con más las accesorias legales y costas POR EL DELITO DE VEJACIONES AGRAVADAS EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 144 bis inc. 2 y último párrafo; en su remisión al ART. 142 inc. 1 y 3 en perjuicio de Sebastián Lagraña e inc. 1 en perjuicio de Alexis Saniux. También resolvió proceder a la inmediata detención de los condenados la que se hizo efectiva en la sala de la audiencia después de la lectura del veredicto.

El hecho por el que fueron condenados los dos policías saladillenses ocurrió entre las 3:00 y 3:30 de la madrugada del 14 de junio de 2020 durante la vigencia del ASPO (aislamiento social preventivo y obligatorio) por el Covid 19. Se probó que cuando Sebastián Lagraña y Alexis Saniuk regresaban de la casa de un familiar, y circulaban en moto por avenida Saavedra pasando las vías del ferrocarril a la altura de Av. Mariano Acosta, comenzaron a ser perseguidos por un móvil policial sin mediar aviso previo ni voz de alto, que luego , fuera de todo protocolo y de cualquier normativa comenzaron a dispararles con escopetas cargadas con cartuchos de proyectiles de postas de goma siendo que uno había impactado en el rostro de Lagraña. Lo que hizo que temiera por su vida y se cruzara por el Parque de «La Cooperación», lo que también hizo el patrullero, para seguidamente chocarlos en la intersección de Suquía y De La Torre, lo provocó la caída de ambos a la calle de tierra y con poca iluminación, y ya con Lagraña inconsciente en el piso le dispararon nuevamente con balas de goma.

«¿Vos sos el que jugaba al fútbol? ahora no vas a jugar más», le dijo uno de los servidores públicos condenados ratificó el testigo del hecho Saniuk cuando lo cargaban esposado al mismo patrullero que los había perseguido y chocado y les pidió por su compañero yacía en el piso inconsciente «dejalo que se hace el muertito».

Sebastián Lagraña, sin posibilidad alguna de moverse ni resistirse recibió múltiples disparos con balas de goma cuyos impactos fueron constatados en la historia médica del Hospital Posadas de Saladillo donde se detallaron las heridas de impacto que traspasó la ropa de invierno y quedaron en abdomen, en el rostro a la altura del ojo izquierdo y en la pantorrilla izquierda. Donde también se acreditó que la médica de guardia le sacó las postas de goma de adentro de las heridas. A pesar de ese estado, los funcionarios policiales Franco De Paula y Agustín Urquijo, se limitaron a secuestrar la moto, y llevar esposado al otro joven. Lagraña ni Saniuk tenían ni tienen antecedentes penales. Antes de llevarlo a la comisaría, pasaron por el parque y juntaron las vainas de los proyectiles. En la comisaría no lo hicieron firmar nada ni lo revisó ningún médico y lo mandaron a su casa. En tanto que Lagraña quedó internado, pero sin ser aprehendido ni presencia policial que resguardara la ropa y los elementos extraídos su cuerpo.

Ese 14 de junio por la noche la familia de Lagraña ante la gravedad de las heridas y como había intervenido la policía, convoca al portal digital Convergencias para hacer pública la situación. A partir del conocimiento público es cuando las autoridades comienzan a formalizar los hechos pasadas las 20:00 horas, lo que debieron ser las actuaciones iniciales inmediatas al hecho ocurrido más de 12 horas antes.

Las víctimas estuvieron patrocinadas por Graciela Achabal desde el primer momento en su carácter de abogada del particular damnificado Graciela, quien solicitó el acompañamiento de la Comisión Provincial de la Memoria, Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires, que interviene como particular damnificado institucional (PDI), considerando que los hechos ameritaban una calificación legal más grave.

Las deficiencias de la administración de justicia en la investigación del hecho fueron evidentes desde el primer minuto por la actuación de los policías, las omisiones, y también por las demoras, obstáculos y desidia por parte de la fiscalía descentralizada Nro. 1 de Saladillo a cargo de la fiscal Patricia Hortel. Al día siguiente de ocurrido el hecho Sebastián Lagraña y su abogada se presentaron ante la fiscalía para hacer la denuncia penal pero Hortel se negó a recibirla excusándose en las medidas de prevención por el Covid 19. Le pidió que realizara la denuncia por mail al mismo tiempo que le informó sobre el inicio de otra causa en el ámbito federal por incumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y resistencia a la autoridad.

Ante la falta de respuestas por parte de Hortel de la denuncia de las víctimas por los delitos de abuso autoridad, abuso de arma, lesiones y abandono de persona, la misma fue presentada por la abogada ante la fiscalía general de La Plata y de allí que pasó a tramitar ante la Fiscalía 8 de Investigaciones Complejas del Departamento Judicial La Plata a cargo de Hugo Tesón y Victoria Huergo.

Las dos familias de las víctimas recibieron la categórica y contundente decisión judicial con alivio y a la vez sorpresa, en el marco de un proceso que tuvo como tantos, mucha desesperanza y falta total de confianza en la Justicia.

«Hoy este veredicto sentó el primer precedente de violencia pero quedó aún pendiente el incumplimiento de deberes de funcionarios públicos de la fiscalía de instrucción Nro. 1 de Saladillo por la omisión deliberada de realizar las diligencias de rigor y las solicitadas por las víctimas. Así como el olvido y contradicciones de los funcionarios policiales que cumplieron funciones el día del hecho. Destaco que es el primer antecedente de violencia institucional que llega a esta instancia y que tiene sentencia condenatoria en el Partido de Saladillo, la cual los condenados podrán recurrir. Agradezco el acompañamiento de la Comisión Provincial por la Memoria, que ante tanta adversidad nos permitió trabajar en equipo, sostener a las víctimas y arribar con solvencia a este resultado. Finalmente sólo destacar que la función noble de los servidores públicos de la policía bonaerense debería estar dotada de otras herramientas, que le permitan ganarse el respeto y la confianza de la sociedad, que precisamente es lo contrario a lo que se ventiló en este juicio», concluyó Graciela Achabal.

En este juicio intervino la Fiscalía a cargo del fiscal Martín Chioriazzi, la Defensora oficial María Esther Vigorelli, con la posterior incorporación a partir de la segunda audiencia de debate de los defensores particulares Juan Domingo Pesquera y Crhistian Ariel Romano.

La Plata, 31 de mayo de 2024.-